Por Camila Coronel. Politóloga
El 10 de septiembre se cumplió un año de la sanción de la reforma
constitucional en Formosa y, quizás, sea una oportunidad para pensar los
fundamentos del marco legal que obtuvo la provincia.
De manera concisa se debe advertir que los derechos son una construcción
y una conquista, y como tal, aparecen ante los desafíos de los sucesivos
momentos del devenir histórico y con un tipo de protección y alcance
distinto. Los derechos de primera generación contemplan una protección de
las facultades civiles y políticas del individuo; los de segunda generación
garantizan la igualdad de oportunidades y una vida digna; los de tercera
generación buscan proteger a los pueblos a través de acuerdos que exigen
la cooperación internacional, y los de cuarta generación, son el resultado
de la revolución tecnológica y custodian la dignidad humana en el entorno
digital.
En el universo constitucional argentino conviven una carta magna nacional
y veinticuatro constituciones particulares que corresponden a las provincias
y CABA. No todas integran las cuatro generaciones de derechos, incluso,
hay dos provincias que sólo llegan hasta la segunda generación -Mendoza y
Misiones-.
Luego, dieciocho provincias contienen constituciones que alcanzan hasta la
tercera generación de derechos, y sólo cuatro provincias otorgan rango
constitucional hasta la cuarta generación. En 2023 fue Jujuy quién lo
incorporó, en 2024 continuó La Rioja, y en 2025 se sumaron Formosa y
Santa Fe.
Lo sobresaliente de Formosa en la materia es que no sólo contempla la
defensa del ciudadano frente al entorno digital -como lo hacen las otras tres
provincias mencionadas- sino que avanza hacia un paradigma más integral
ya que la declaración de soberanía tecnológica implica la apropiación
social de la tecnología y el conocimiento.
Pero también se debe contextualizar el momento histórico en que se
formula la nueva pieza constitucional, porque si algo ha tenido de distintivo
el proyecto neoliberal es la privatización de los activos previamente
públicos. El poder del Estado es utilizado para forzar tales procesos,
incluso en contra de la voluntad popular, y desmantelar los marcos
normativos que históricamente protegieron a la fuerza laboral y al medio
ambiente. También es oportuno mencionar la promoción de la deuda como
política de desposesión.
De este modo, la nueva Constitución de Formosa es un elemento
fundamental que permite garantizar la reproducción de una vida digna,
justa y soberana de los formoseños y sus descendientes.
Incluso la nueva reforma avanza, en defensa del pueblo formoseño, sobre
una tarea pendiente del proyecto neoliberal que es transformar en
propiedad privada el material genético y el contenido celular de las
semillas, de modo tal que las mismas poblaciones cuyas prácticas han
desempeñado un papel decisivo en el desarrollo de estos materiales
genéticos pueden ser objeto de extracción de valor y rentabilidad. La
protección alcanza, sobre este tema, jerarquía constitucional al declarar a
los recursos genéticos de la biodiversidad como dominio público -es la
única en Argentina que contempla esta disposición-.
En la posteridad, estas disposiciones


